El proyecto de instalación de una sucursal de La Anónima Supermercados en la ciudad de Reconquista, Santa Fe, está seriamente cuestionado por las entidades representativas de la producción y el comercio de esa ciudad.
Las objeciones del Centro Industrial y Comercial de Reconquista (CIC), de la Cámara de Supermercados y Autoservicios de Santa Fe y Zona (CAMSAFE), de la Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y de la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), apuntan a que no se está respetando la reglamentación vigente que regula la actividad comercial de la provincia.
En efecto, las entidades mencionadas advierten que en la Ley provincial 12.069 se establece un coeficiente que fija la relación entre la cantidad de habitantes de cada localidad santafesina y la cantidad de metros cuadrados dedicados a locales comerciales, a fin de evitar la saturación del comercio.
Esa relación estaría siendo violada si se autoriza la instalación del local de La Anónima cuestionado, ya que excedería la cantidad de superficie comercial prevista por la Ley, en relación a los habitantes de la ciudad.
Una habilitación incorrecta
Un antecedente a tener en cuenta es que el secretario de Comercio Interior y Servicios de la provincia de Santa Fe, Juan Marcos Aviano, había afirmado que cualquier superficie comercial que pretendiera instalarse en la ciudad debería respetar la normativa vigente, sujetándose al trámite de habilitación que le otorga la municipalidad y luego debe ser refrendado por el Gobierno Provincial, que es el que emite el correspondiente certificado.
Sin embargo, por medio de las Disposiciones 039/2023 y 075/2023 de la secretaria de Comercio Interior y Servicios, se intentaría aprobar la instalación de la referida sucursal en evidente contradicción a la normativa legal vigente.
Por otro lado, el Intendente de Reconquista, Amadeo Enrique Vallejos, elevó el Expediente N° 6712/23 solicitando la intervención de la Secretaría de Comercio, y firmando la factibilidad del proyecto sin haber finalizado con la evaluación de las mediciones previstas, y a pesar de las consultas y reclamos formales que por vía administrativa venía realizando el Centro Industrial y Comercial de Reconquista y la Cámara de Supermercados y Autoservicios de Santa Fe y Zona.
Los fundamentos del reclamo
La Secretaría de Comercio de la Provincia, erróneamente toma en cuenta solo aquellas superficies superiores a 700 m2, confundiendo evidentemente la escala para que un local comercial sea considerado una Gran Superficie Comercial (GSC) en la localidad de Reconquista por un lado, y por otro lado los locales comerciales susceptibles de ser medidos, por estar bajo el régimen de autoservicio, para la aplicación del coeficiente 8 previsto en la Ley 12069.
Los 700 m2 son indicativos de lo que representa una GSC para una población de entre 25 mil y 100 mil habitantes; pero al momento de MEDIR se deben incluir TODOS los autoservicios cualquiera sea su rubro o superficie, conforme a lo establecido en la Ley 12069, a fin de evitar la saturación comercial.
Se interpreta que el error surgiría, no por falta de suministro de información sobre las mediciones de las superficies por parte del Municipio de Reconquista al Gobierno Provincial, sino por la interpretación confusa que realiza la Secretaria a ambos articulados, y por aplicar Resoluciones, Disposiciones Internas como así también Reglamentaciones que contienen solo algunas especificaciones a modo de aclaratoria, y omiten lo reglado concretamente y con claridad en el texto de la Ley 12069.
Afirman que en tal sentido debe tenerse presente que una ley es el enunciado máximo de un esquema válido de inferencia.
Valioso apoyo a la gestión
En vista de ello, el Defensor del Pueblo A/C de la provincia, Jorge Antonio Henn remitió un oficio a la mencionada Secretaría donde manifiesta que las disposiciones 039/2023 y 075/2023 no se ajustarían a la normativa vigente que regula las grandes superficies comerciales.
Además, ante el anuncio público que realizó el intendente de la ciudad sobre la radicación de la empresa La Anónima, destacó que es necesario llevar adelante la medición y relevamiento de los metros cuadrados cubiertos ocupados por las firmas comerciales ya instaladas, antes de aprobar el expediente.
Atento a ello el defensor del pueblo solicita que sean entendidos los planteos realizados y que se abstenga de otorgar el permiso correspondiente hasta que se evacúen todas las consultas formuladas y se asegure el cumplimiento de la legislación vigente.